Del acero a la mar y vuelta.


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La ruta comienza habiendo cruzado la ría de Avilés por el conocido como Puente de San Sebastián,camino de la plaza del Centro Niemeyer, que abandonaremos por la zona del aparcamiento para alcanzar la glorieta de enlace con la carretera As-238, en dirección a Luanco. 

Gasometros de Ensidesa©calangranera

Pasada la tercera glorieta de enlace del Polígono Industrial de la PEPA, tomamos el desvío a la derecha por la carretera AV-1 hasta Los Guardados, para desviarnos por una carril alquitranada que hace las veces de linde con las antiguas instalaciones de Ensidesa, hasta llegar el cruce con la carretera que conduce al embalse de la Granda, propiedad de la citada empresa.

Carril de linde de Ensidesa©calangranera

Rodeamos el embalse hasta alcanzar la carretera GO-4, que continuaremos hasta el lugar de la Capilla de San Clemente, donde torceremos a la derecha, según el sentido de la marcha, para ascender por la carretera CE-1, camino a Zanzabornin para desde allí continuar paralelos a la vía del Ferrocarril de Carreño hasta la localidad de Candás, por la misma carretera.

Vistas desde CE1 de camino a Zanzabornin©calangranera
Saldremos de Candás por la carretera As-239, camino del cruce con la CE-2 en dirección Tabaza, para una vez llegados a Tabaza, realizar el regreso a Avilés por el Camino de Santiago , lo que nos permitirá recorrer los últimos kilómetros cerca de la Ría de Avilés y nuevamente el límite con las Baterías de Coke de Ensidesa.

Carril bici Paseo de la Ría de Avilés©calangranera


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Oviedo con vistas



La ruta se inicia en la estación del Norte de Oviedo, ascenderemos por las calles Independencia, Real Oviedo, avenida de Galicia y Fuertes Acevedo hasta la plaza de Occidente, haremos el correspondiente cambio de sentido a la izquierda para alcanzar las antiguas canteras del Picayon y ascender por la Urbanización los Pinos hasta la carretera de Latores.

Por la carretera de Latores bajaremos hasta alcanzar el desvío que nos conduce a Santo Medero y Ayones que nos servirá para descender hasta la carretera de las Caldas enmedio de un estupendo bosque de carbayos.

A la altura del pueblo de Piñera tenemos la primera gran pendiente, que alcanza el 10% en algunos tramos y nos impulsa hasta Santa Marina de Piedramuelle, para tomar el primer desvío a la izquierda una vez cruzada la carretera nacional.

Desde Los Carballinos, pasadas las escuelas de Sograndio de Abajo, descendemos comodamente por una pista asfaltada hasta cruzarnos nuevamente con la carretera nacional, a la altura de Godos.
Por una caleya asfaltada descendemos paralelos a la vega del río Nalón hasta la localidad de Soto de Trubia, que dejaremos atrás para tomar la carretera a Avilés, en la Barquera.

A la altura de un improvisado mirador, sobre el embalse del Furacón, giramos a la derecha y afrontamos otra segunda pendiente, igual de exigente que la anterior, camino del desvío de Feleches.
Mirador Furacón ©calangranera
No tomaremos el desvío de Feleches, sino que seguimos ascendiendo por la carretera hasta coronar la misma para luego iniciar un rápido descenso hasta el puente que cruza sobre la autopista y atravesar en un segundo puente sobre el río Argañosa, camino de Las Heras y pasar así a San Claudio.
Puente sobre la autopista ©calangranera

Es tras el segundo puente y pasada una quintana con su correspondiente hórreo que se inicia la última pendiente del recorrido, igual de exigente que las dos anteriores.

Salvada la dificultad, pasamos al lado de la capilla del Pedreo y seguiremos por la carril asfaltada hasta la localidad de San Claudio, sin posibilidad de desorientarnos porque tenemos como referencia a nuestra izquierda el Monte Naranco en toda su extensión.

Capilla del Pedreo ©calangranera
Ya en San Caludio tomamos el segundo desvío a la izquierda en el cruce que nos conduce hasta Oviedo por la carretera de la Argañosa.




En ruta por el Occidente de Asturias

La ruta que os proponemos es circular, con salida y llegada en la localidad de Tapia de Casariego y siempre recorriendo el Camino de Santiago, primero en sentido inverso por la costa hasta Porcía y luego en sentido correcto por Tol hasta el Campón. Antes de llegar a Figueras, cruzada la carretera nacional 634, tomaremos el desvío indicado hacia la playa de Penarronda, para retomar nuevamente el Camino de Santiago hacia Tapia en sentido inverso.


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El recorrido combina tramos de hormigón, con tramos de asfalto, caminos de zahorras finas y gruesas. No reviste dificultad alguna y puede realizarse en bicicleta o a pie.

Tramo Camino de Santiago cerca de Brul
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En total haremos un recorrido de unos 28 kilómetros, abarcando tres concejos del occidente, El Franco, Tapia de Casariego y Castropol.

Para la presente ocasión nos hemos puesto en contacto con un negocio local de bicicletas, BICIARTE, situado en la Avenida de Galicia de Tapia de Casariego, que nos ha proporcionado el contacto para alquilar una MMR Kuma de 27,5 pulgadas, dado que el tamaño de la rueda, en ciertos tramos de la ruta, resultará fundamental a la hora de vadear alguna zona inundada por las últimas lluvias.

MMR Kuma 27,5 BICIARTE
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Salimos de la población de Tapia de Casariego, en dirección Navia , por la calle San Martín, dejando atrás el albergue de peregrinos y la playa de Represas. Salvado el repecho inicial, el resto del trayecto hasta el pueblo de los Campos es cómodo, por una carretera comarcal, paralelos a la Nacional 634, atravesando la localidad de Salave, a  la altura de la Iglesia Parroquial de Santa María de Salave, tenemos opción de desviarnos por la Senda Costera E9 y visitar las Lagunas de Silva, anterior explotación minera de origen romano.

En la localidad de los Campos, punto de desvío de nuestra ruta, giraremos en dirección Oeste, para ello pasamos por delante de la Casa Palacio de los Señores de los Campos, una hermética construcción del XV, levantada en mampostería de pizarra y sillares trabajados en esquinas, jambas, dinteles, cornisas y antepechos de los vanos, cuya ornamentación se limita al escudo de armas familiar en la fachada.

Casa Palacio de los Señores de los Campos.
En los Campos.
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Cruzamos la Nacional 634 y así nos encaminamos hacía Figueras por la conocida como variante del antiguo Camino de Santiago a Castropol, recorriendo campos de maíz, vegetal traído de las Américas precisamente por un marino tapiego: 

Don Gonzalo Méndez de Cancío, que finalizada su labor como gobernador de la Florida, traerá con un él un arcón de madera con maíz en su viaje en la fragata Nuestra Señora del Rosario hasta Sevilla, de ahí, según estudios de un familiar actual del almirante, se hará la primera plantación en la finca del Río Barba en Tapia. 
Finca Río Barba aún hoy con maíz y el Palacio de los Cancío al fondo
en la localidad de Casariego.
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A partir del Picón hasta Tol recorremos un camino carretero de zahorras finas en unos tramos y más gruesa en otros, atravesando zonas con algún que otro remanso del río y que salvaremos por medio de puentes, que en días de lluvia, igualmente no nos salvarán de encontrarnos con algún que otro charco grande que vadearemos sin dificultad si llevamos una bicicleta como la MMR Kuma proporcionada por BICIARTE.

Iglesia parroquial de San Bartolo, Tol.
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Pasada la Iglesia Parroquial de San Bartolo el recorrido por completo se realiza por la carretera provincial AS 31, hasta la localidad Campón donde cruzaremos nuevamente la carretera Nacional 634 para a los 100 metros girar a mano derecha camino de la playa de Penarronda. A la altura del aparcamiento atravesamos el área recreativa y superando un corto pero exigente repecho enlazamos nuevamente con el Camino de Santiago o la Senda Costera, en dirección a Tapia.

Playa de Penarronda. MMR Kuma 27,5
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El recorrido, a partir de aquí, si seguimos fielmente, en sentido inverso, el Camino de Santiago es todo por carretera comarcal y con muy poca dificultad. Si optamos por hacer el recorrido por la Senda Costera E9, iremos más próximos a la costa, cerca de la playa de Serantes, Mexota y La Paloma llegando hasta Tapia por la zona del campo de fútbol del equipo local.



Normativa para circular en bicicleta

Antes de analizar aquí de forma exhaustiva las normas que tenemos que observar si circulamos en bicicleta vamos a aclarar por medio de la legislación vigente lo que se entiende por bicicleta, ¿es un vehículo? ¿es un juguete? ¿Atiende a las mismas normas que un automóvil? ¿El ciclista es un peatón o un conductor? Trataremos de resolver estas y otras dudas sobre circular en bicicleta, según la legislación española. 

El Reglamento General de Circulación define ciclo como todo vehículo provisto de al menos dos ruedas y propulsado exclusiva o principalmente por la energía muscular de la persona o personas que están sobre el vehículo, en particular por medio de pedales o manivelas. 

El Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto sobre la seguridad de los juguetes, establece que las bicicletas dejarán de considerarse juguetes cuando la altura máxima del sillín es superior a 435 mm, medida como la distancia vertical entre el suelo y el punto más alto de la superficie del sillín, con el sillín colocado en posición horizontal y la tija en la marca inferior. 

Por tanto podemos responder, primero que es un vehículo y segundo que tiene su correspondiente conductor. Este último punto queda zanjado por el artículo 13 del Reglamento General de Circulación, entendiendo que el conductor del mismo está obligado a estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo. Al aproximarse a otros usuarios de la vía, debe adoptar las precauciones necesarias para su seguridad,especialmente cuando se trate de niños, ancianos, personas ciegas o en general personas con discapacidad o con problemas de movilidad. 

Por otra parte el conductor de una bicicleta, aunque sea sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de alguna de las infracciones previstas en la normativa general aplicable, no perderá puntos del permiso o licencia que, en su caso, hubiera obtenido para la conducción de otro tipo de vehículo. 

 Así mismo en el artículo 22 y Anexo X del Reglamento General de Vehículos se establece que una bicicleta para poder circular tiene que contar con un sistema adecuado de frenado que actúe sobre las ruedas tanto delanteras y traseras, además con un un timbre, no pudiendo emplearse otro aparato acústico distinto al timbre. 

Las bicicletas, en el caso que tengan que circular de noche, por tramos de vías señalizados con la señal de túnel o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán emplear una luz de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero, y podrán disponer de catadióptricos en los radios de las ruedas y en los pedales. 

Las bicicletas que, por construcción, no puedan ser ocupadas por más de una persona podrán transportar, no obstante, cuando el conductor sea mayor de edad, un menor de hasta siete años en asiento adicional que habrá de ser homologado. En la circulación interurbana, las bicicletas podrán arrastrar un remolque o semirremolque, siempre que no superen el 50 % de la masa en vacío del vehículo tractor y se cumplan las siguientes condiciones: 
  • Que la circulación sea de día y en condiciones que no disminuyan la visibilidad.
  • Que la velocidad a que se circule en estas condiciones quede reducida en un 10 % respecto a las velocidades genéricas que para estos vehículos se establecen.
  • Que en ningún caso transporten personas en el vehículo remolcado. 
El conductor de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estarán obligados a utilizar casco de protección homologado o certificado según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones médicas que deberán acreditarse, o en condiciones extremas de calor. Si el conductor de bicicletas es menor de dieciséis años será obligatorio en uso de caso de protección cuando circule tanto en vías urbanas como interurbanas.

Tal como establece Artículo 14 de la Ley de Tráfico y artículos 20, 21 y 27 del Reglamento General de Circulación los conductores de bicicletas, igual que los conductores de cualesquiera otros vehículos, no podrán circular con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro o con presencia de drogas en el organismo; tienen además la obligación de someterse a las pruebas para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol.

El artículo 15 de la Ley de Tráfico ya nos deja claro que las bicicletas son vehículos cuya conducción está sometida a las normas de tráfico y circulación previstas con carácter general teniendo que respetar los ciclistas todas aquellas que les sean aplicables atendiendo a su especial naturaleza además de aquellas otras que sean específicas contenidas en este texto. Particularmente, como norma general y muy especialmente en las curvas y cambios de rasante de reducida visibilidad, el vehículo circulará en todas las vías por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada, manteniendo la separación lateral suficiente para realizar el cruce con seguridad.

El artículo 17 de la Ley de Tráfico y artículo 36 del Reglamento General de Circulación establece que  el conductor de bicicleta en el caso de que no exista vía o parte de la misma que le esté especialmente destinada, debe circular por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente, y, si no lo fuera, debe utilizar la parte imprescindible de la calzada. 

Llegamos con esto a los dos puntos más discutidos por los conductores de otro tipo de vehículos porque en los descensos prolongados con curvas, cuando razones de seguridad lo permitan, los conductores de bicicletas podrán abandonar el arcén y circular por la parte derecha de la calzada que necesiten. Las bicicletas podrán circular en columna de a dos, orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad, y cuando formen aglomeraciones de tráfico.

Artículo 20 de la Ley de Tráfico y artículo 38 del Reglamento General de Circulación. prohíbe circular por autopistas y autovías con bicicletas. No obstante, los conductores de bicicletas mayores de 14 años podrán circular por las autovías, salvo que por razones justificadas de seguridad vial se prohíba mediante la señalización correspondiente. Dicha prohibición se complementará con un panel que informe del itinerario alternativo. En el caso de poder circular por autovías solo pueden hacerlo por el arcén, sin invadir la calzada en ningún caso.

El artículo 35 del Reglamento General de Circulación. reserva la utilización del carril habilitado para VAO a motocicletas, turismos y vehículos mixtos adaptables, y está prohibida, por tanto, al resto de los vehículos y conjuntos de vehículos, incluidas las bicicletas.

Los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico no podrán inmovilizar la bicicleta cuando el conductor o el pasajero no hagan uso del casco o de los dispositivos de retención infantil, aun en los casos en que fuera obligatoria su utilización.

La velocidad máxima que no deberá ser rebasada en la circulación de bicicletas fuera de poblado es de 45 kilómetros por hora. No obstante, los conductores de bicicletas podrán superar dicha velocidad máxima en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía permitan desarrollar una velocidad superior.

En relación con la velocidad mínima, no se deberá entorpecer la marcha normal de otro vehículo circulando sin causa justificada a velocidad anormalmente reducida. A estos efectos, se prohíbe la circulación a una velocidad inferior a la mitad de la genérica señalada, aunque no circulen otros vehículos. Sin embargo, los conductores de bicicletas podrán circular por debajo de los límites mínimos de velocidad.

Todo conductor de un vehículo que circule detrás de otro deberá dejar entre ambos un espacio libre que le permita detenerse, en caso de frenado brusco, sin colisionar con él, teniendo en cuenta especialmente la velocidad y las condiciones de adherencia y frenado.

No obstante, se permitirá a los conductores de bicicletas circular en grupo sin mantener tal separación, extremando en esta ocasión la atención, a fin de evitar alcances entre ellos.

Además, la separación que debe guardar todo conductor de vehículo que circule detrás de otro sin señalar su propósito de adelantamiento deberá ser tal que permita al que a su vez le siga adelantarlo con seguridad, excepto si se trata de ciclistas que circulan en grupo.